El caso del “robo simulado” es un ejemplo de manual para ilustrar el tema de error en supuestos de legítima defensa. Este trabajo sintetiza y analiza tres sentencias sobre la responsabilidad penal de un policía que, por error, disparó en contra de una persona que simulaba ser un ladrón. En las tres sentencias, las opiniones de los jueces difieren sobre la naturaleza jurídica del error en el cual incurrió el agente, así como sobre los criterios legítimos de valoración para juzgar la culpabilidad del error. En la parte final, se aborda también, brevemente, la nueva norma italiana sobre el exceso en la legítima defensa, contemplada en el artículo 55 del Código Penal italiano.
Habiendo transcurrido algunos meses desde la aprobación de la ley n. 36, de fecha 26 de abril de 2019, la cual, entre otros, ha modificado la legitima defensa “domiciliaria”, es posible observar nítidamente los contornos político- criminales de la reforma, así como de los modelos normativos en los cuales el legislador se ha inspirado. El juicio del penalista no puede sino ser negativo, debido a la vaguedad de algunos elementos fundamentales de la eximente y del exceso culposo referido en el artículo 55 del Código Penal italiano; a la construcción presuntiva que caracteriza particularmente al artículo 52 del mismo Código; y por la subversión de algunos valores constitucionales. Desde una perspectiva general, parece además alterarse la entera relación entre legislador y jurisdicción: la ley expresa una desconfianza respecto a la verificación procesal de la eximente de responsabilidad y, por lo tanto, pareciera no respetarse el principio de separación de poderes
La ley n. 36/2019 introdujo en Italia una eximente de responsabilidad para las conductas de exceso domiciliario cometidas bajo grave perturbación emocional (art. 55/2 c.p.). El señalado precepto, que ha sido objeto de numerosas críticas, atribuye efectos eximentes a la defensa que se produce en la morada del agredido y encuentra su fundamento en la situación de grave alteración emocional que frecuentemente sufren las víctimas de agresiones violentas. Este especial supuesto de legítima defensa no es novedoso, sino que se encuentra previsto en otros sistemas jurídicos, como el alemán. En este contexto, constituye el objeto de este trabajo el análisis de la eximente de responsabilidad del § 33 StGB, del que se pueden extraer valiosas reflexiones que podrían enriquecer las perspectivas de aplicación y reforma de la norma italiana. Por otro lado, también se tendrá en cuenta para este estudio la reciente reforma de la que ha sido objeto la legítima defensa en el sistema penal polaco que extiende, al igual que el sistema penal italiano, los supuestos de no punibilidad a la defensa que se produzca en el domicilio del agredido
La discussione sulla legittima difesa e il testo approvato dalla Camera dei deputati nel 2017 ripropongono problemi relativi al requisito della proporzione, alla possibile rilevanza del turbamento psichico, ai costi dell’accertamento. Una riforma ragionevole potrebbe essere l’attribuzione di rilevanza scusante all’eccesso di difesa derivante da turbamento psichico in presenza di una effettiva aggressione, così restringendo l’ambito della responsabilità per eccesso colposo. Logicamente insostenibile è la pretesa di una applicazione automatica della scriminante, senza passare per un accertamento di competenza dell’autorità giudiziaria.