con la colaboración cientí­fica de
ISSN 2611-8858

Temas

Lavado de activos

Las obligaciones contra el lavado de dinero de los operadores en moneda virtual: ¿hacia la autocertificación para los usuarios de blockchain?

La repentina expansión de las monedas virtuales ha generado durante algún tiempo muchas preocupaciones sobre su posible uso para fines de reciclaje. Para hacer frente a estos riesgos, el legislador ha elaborado durante mucho tiempo una serie de obligaciones para los operadores de criptomonedas. El trabajo aborda este aspecto, especialmente para entender si la legislación actual contra el lavado de dinero es suficiente o si necesita correcciones.

Conductas constitutivas del delito de blanqueo

Comentario a la Directiva (UE) 2018/1673 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal

Crowdfunding @ ICOs: exigencias de prevención del riesgo de comisión de delitos en la era de la economía digital

En los últimos quince años, la innovación tecnológica ha revolucionado los aspectos culturales y sociales y los métodos de consumo y producción de productos y servicios, transformando la web en una posible fuente de negocios para las empresas. Las "barreras" regulatorias del proceso de captación de capital solicitadas por los bancos y por los intermediarios financieros autorizados contribuyeron a la afirmación de instrumentos financieros avanzados. Considérese, en particular, el Crowdfunding e ICO, que son instrumentos de "desintermediación" de la recaudación de ahorros para financiar, directamente y sin intermediarios, proyectos con ambiciones a escala global. Es evidente que, junto a las oportunidades que ofrecen estos nuevos instruemntos, existen amenazas graves, que interceptan una preocupante transmigración de sectores enteros de criminalidad económica y financiera hacia el espacio virtual. Desde esta perspectiva, la innovación tecnológica exige que el sistema penal emprenda un proceso de "desindividualización" de los instrumentos de contraste típicos, de hecho, de un derecho penal sin una víctima que tenga como objetivo proteger los intereses generalizados y abstractos.

Los instrumentos de prevención nacional y europeos en materia de monedas virtuales y lavado de activos

La utilización creciente de monedas virtuales plantea desde hace tiempo debates acerca del nexo existente entre las mismas y el mundo del crimen. En efecto, existe la sospecha de que estos nuevos instrumentos de pago sean aprovechados por las organizaciones criminales como sistema financiero alternativo a fines de lavado de activos, debido a la ausencia de controles por parte de la autoridad. Para hacer frente a tales riesgos, recientemente han sido adoptados, tanto a nivel nacional como internacional, instrumentos normativos de carácter preventivo. El presente trabajo tiene por objeto analizar los instrumentos preventivos nacionales y europeos adoptados en la materia, a fin de individuar aquellos más idóneos en el combate de aquellas prácticas.

Las monedas virtuales y los ontológicos riesgos de lavado de activos: técnicas de represión.

El fenómeno de las monedas virtuales, del cual el Bitcoin constituye el ejemplo más conocido, ha asumido en el último decenio connotaciones de siempre mayor relevancia en el ámbito nacional e internacional. El presente trabajo tiene por objeto analizar el riesgo de un uso anómalo de las monedas virtuales y de la posibilidad de que ellas sean utilizadas en actividades criminales. Se prestará particular atención a las características propias de la moneda virtual, evidenciando cómo las mismas la convierten en un instrumento idóneo para disimular el valor objeto de su transferencia en la realidad virtual, convirtiéndose de esta manera en una posible herramienta para la comisión de delitos de lavado de activos. Finalmente, se aborda la discusión sobre si las conductas de ciber-lavado de activos pueden ser sancionadas en virtud de los artículos 648-bis y 648ter1 del código penal italiano, sin que ello signifique una indebida y prohibida aplicación analógica.

Responsabilidad corporativa y compliance en el delito de privacidad cibernética: El nuevo “modelo organizativo de privacidad”

La exigencia de garantizar una adecuada protección de los riesgos en material de tratamiento ilícito de los datos personales provenientes del espacio virtual ha puesto en evidencia la estrecha relación entre cibercrimen y privacidad, provocando que el legislador europeo haya comenzado a preocuparse de la prevención de tales conductas, incentivándola adopción de medidas de protección eficaces de los datos personales en la red y en los sistemas informáticos. El GDPR adopta un nuevo enfoque basado en el riesgo, destacando cómo el tratamiento ilícito de datos personales no es fruto de la conducta del individuo, sino que deriva de una precisa política de empresa. Ello lleva a interrogarse acerca de la posibilidad de construir y adoptar un modelo de organización integrado, que garantice una coordinación entre la regulación del Decreto Legislativo n. 231/2001 y la normativa en materia de privacidad.